AMÉRICA LATINA Y PROPIEDAD INTELECTUAL
AGENDA:
INTRODUCCION
1. ECONOMÍA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
a. Patentes
b. Protección de las obtenciones vegetales
c. Los derechos de autor
d. La observancia
e. Las medidas tecnológicas de protección
f. Los contratos privados
g. El dominio público
h. Competencia y propiedad intelectual
2. LOS TLC Y LAS POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y LOS PAISES DE AMÉRICA LATINA
3. CONSECUENCIAS DE LOS TLC PARA LA INNOVACIÓN
4. CONSECUENCIAS PARAS LAS TIC
5. CONSECUENCIAS PARA FARMACÉUTICOS
6. DESAFIOS DE POLÍTICA
7. QUÉ ES PLAGIO?
8. QUÉ SANCIONES IMPONE LA SOCIEDAD AL PLAGIO?
INTRODUCCIÓN
La propiedad intelectual en América Latina es un tema de vital importancia dentro de todos los ámbitos de la vida, ya que envuelve todos los sectores; respalda los derechos de autor y la propiedad intelectual, que cuando éstos últimos son numerosos, implican un mayor grado de desarrollo para los países.
1. ECONOMÍA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Es de suma importancia, que los conocimientos sean una parte vital para todas las personas que conforman la sociedad, los Gobiernos deben incentivar la educación y la búsqueda de información, y que la información llegue a todos los sectores para que haya un mejor nivel educativo para los ciudadanos, además los países tendrán motivos para sentirse orgullosos porque su gente no sólo está creciendo intelectualmente, sino que se está formando un tejido social que aporta desarrollo y crecimiento económico a los países.
El problema para el desarrollo de la propiedad intelectual en los países de América Latina, radica principalmente en la falta de recursos destinados a la investigación y el desarrollo de proyectos que incentiven la innovación y la creatividad de las personas, porque de qué sirve que hayan intenciones de innovar y crear sino no hay ningún tipo de apoyo o respaldo por parte del Estado.
a. PATENTES
Son creaciones provenientes de la capacidad de innovación de su autor, que poseen un alto nivel de invención y posiblemente tienen aplicación industrial. Son protegidas por un período de 20 años que cuentan desde la fecha de su solicitud.
b. PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES
Las obtenciones vegetales y las variedades de semillas pueden ser protegidas a través de patentes, que son protegidas por un período de 20 a 25 años, por medio del Acuerdo sobre los ADPIC del año 1994, al cual, los países se han registrado.
c. LOS DERECHOS DE AUTOR
Tienen como función principal, definir quién o quiénes participaron en una creación, brindan derechos sobre los beneficios económicos resultantes de las creaciones protegidas, incentiva nuevas creaciones sobre las ya existentes y contribuyen en el incremento de ingresos, gracias a las licencias tecnológicas.
d. LA OBSERVANCIA
Tiene como fin, definir la propiedad sobre los derechos de autor, lo que permite mantener a otras personas alejadas de los derechos sobre creaciones.
Actualmente, la “piratería”, va en contra de la observancia, esto se debe a la facilidad que hay de acceder a creaciones de otras personas, sin tener su permiso y consentimiento.
e. LAS MEDIDAS TECNOLÓGICAS DE PROTECCIÓN
Consiste en proteger las obras y las creaciones por medio de claves y protecciones especiales a los dispositivos que reproducen elementos que tienen protección de derechos de autor.
f. LOS CONTRATOS PRIVADOS
Son utilizados para los bienes intangibles, tienen validez internacional aunque se rigen por el principio de territorialidad, es decir, la ley que se aplica es la del país en el cual se encuentran los intangibles.
g. EL DOMINIO PÚBLICO
Hace referencia a la necesidad de que el público y la sociedad en general tengan acceso a los conocimientos, contenidos e información con el propósito de incentivar nuevos inventos y creaciones.
h. COMPETENCIA Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Con las leyes para la propiedad intelectual y el fomento de la competencia que tienen todos los países, se quiere incentivar la innovación y el prosperidad de los consumidores.
2. LOS TLC Y LAS POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y LOS PAISES DE AMÉRICA LATINA
“A partir de 2002, Estados Unidos emprendió una estrategia orientada a suscribir tratados de libre comercio bilaterales que hasta septiembre de 2007 había abarcado a 20 países, incluidas dos economías de tamaño mediano —Australia y la República de Corea— y 10 de América Latina y el Caribe. En 2005 estas 20 economías representaron solo el 5,8% del PIB mundial y el 6,3% de la población del planeta.
Los motivos que llevaron a Estados Unidos a celebrar acuerdos bilaterales de comercio fueron varios, pero ciertamente influyeron las dificultades de la Ronda de Doha de negociaciones multilaterales. Otro de los factores fue la voluntad política de impulsar una nueva ola de fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual, más allá de lo dispuesto en el Acuerdo sobre los ADPIC y los tratados de la OMPI.
De los 20 tratados comerciales, 11 ya entraron en vigor. Entre los nueve que aún están pendientes, se cuentan los TLC con Costa Rica, la República Dominicana, Panamá,
Colombia y Perú.
Desde la perspectiva de los países latinoamericanos, en la lógica de negociación de los TLC se repitió el patrón de las conversaciones que precedieron al Acuerdo sobre los ADPIC. Su objetivo fue consolidar, diversificar y aumentar sus exportaciones al mercado más importante del mundo, incentivando al mismo tiempo una mayor corriente de inversión extranjera directa. A cambio de ello, estuvieron dispuestos a negociar una mayor apertura comercial, la regulación más liberal de los servicios financieros, el aumento de los DPI y la apertura de las compras públicas”[1].
a. POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS
Su posición negociadora estuvo basada en un acuerdo llevado a cabo entre demócratas, republicanos y empresarios.
Los tratados comerciales se llevaron a cabo mediante la Autoridad para la Promoción Comercial en la que se tratan específicamente asuntos pertinentes a la Propiedad Intelectual.
b. POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA
“Los países latinoamericanos se vieron obligados a negociar la propiedad intelectual a cambio de mantener o aumentar el acceso a los mercados estadounidenses y la capacidad de atraer inversiones extranjeras. En consecuencia, abordaron los tratados de libre comercio con la misma lógica con que negociaron el Acuerdo sobre los ADPIC.
La característica común fue que en ninguno de los países de la región hubo un pacto parlamentario o un acuerdo político previo en que se definieran los objetivos deseables. La estrategia de todos los gobiernos era maximizar el acceso a los mercados y minimizar los costos de la propiedad intelectual, particularmente en materia de patentes y medicamentos”[2].
3. CONSECUENCIAS DE LOS TLC PARA LA INNOVACIÓN
En materia de propiedad intelectual, las consecuencias que el TLC puede traer para la innovación, pueden ser benéficas o perjudiciales, como por ejemplo, puede incentivar la investigación y el desarrollo de nuevas creaciones, en centros educativos. También hay políticas que protegen los derechos en cuanto a variedades vegetales, además del fortalecimiento del sector agrícola lo que llevaría a la creación de centros científicos y tecnológicos.
4. CONSECUENCIAS PARAS LAS TIC
En América Latina el acceso a las tecnologías de la información ha crecido significativamente en los últimos tiempos, es cada vez mayor el porcentaje de hogares que tienen acceso a teléfonos fijos, móviles, computadores e internet.
A pesar de esto, aún no se alcanza a los países desarrollados en materia de tecnologías de información.
Los sectores bajos de la economía tienen poco acceso a las TIC, lo que es un impedimento para el desarrollo, el crecimiento, la investigación y la innovación dentro de la región. Como consecuencia de esto, el contrabando y la “piratería” están haciendo estragos, ya que comercializan materiales ilegales, lo que perjudica directamente a los creadores de las invenciones, el software, etc.
5. CONSECUENCIAS PARA FARMACÉUTICOS
“Cuando expira una patente farmacéutica, las empresas productoras de medicamentos genéricos ingresan al mercado y venden copias del fármaco original. Dado que contienen los mismos principios activos, pasan a ser sustitutos casi perfectos del medicamento antes protegido, cuya única ventaja competitiva será el prestigio de la marca.
Este proceso se traduce en una fuerte competencia que tiende a erosionar la mayoría de los ingresos monopólicos que obtenían cuando contaban con la protección de las patentes. En efecto, inicialmente los precios de los medicamentos originales se sitúan por sobre los costos marginales, lo cual estimulará el ingreso al mercado de fabricantes de productos genéricos. Como la producción de fármacos se basa en la fabricación en serie, con instalaciones altamente flexibles que permiten producir grandes o pequeñas cantidades, las economías de escala no influyen y las empresas de genéricos pueden competir eficazmente (Caves, Whinston y Hurwitz, 1991). Aunque los fármacos genéricos ingresan rápidamente al mercado, la reducción de los precios promedio suele ser gradual y menos expedita de lo esperado. En vez de competir con los productos genéricos, los fabricantes de medicamentos originales que antes estaban protegidos por patentes desarrollan estrategias orientadas a mantener un precio “premium” basado en el prestigio de marca[3]”.
6. DESAFIOS DE POLÍTICA PÚBLICA
“Un incremento general del gasto en ciencia y tecnología aumentará la capacidad de aprendizaje, de innovación y de producción de artículos científicos, pero no necesariamente de generar patentes. Sin embargo, es importante que los países se abran camino en el uso activo de la propiedad intelectual. Para ello no solo hay que aumentar los recursos destinados a ciencia y tecnología, sino cambiar la arquitectura de las políticas públicas mediante la introducción de programas de educación e incentivos para patentar o generar otros títulos de propiedad intelectual en universidades, centros tecnológicos públicos y también empresas privadas. En el caso de los dos primeros ello no implica necesariamente privatizar el conocimiento, porque pueden utilizarse estrategias de otorgamiento de licencias a las que, según el caso, podría eximírselas del pago de derechos de autor[4]”.
7. QUÉ ES PLAGIO?
Significa hacer una o varias copias de una obra protegidas por los derechos de autor que puede ser de cualquier tipo, sin el debido permiso de su dueño o de quien tiene sus derechos y presentarla como propia y original.
Para identificar el plagio, las personas o las instituciones se deben apoyar en motores de búsqueda, que identifican si el texto es producto del plagio o es una creación original.
Actualmente, en Colombia los colegios y las universidades son más exigentes en materia de plagio, se están haciendo campañas para suprimirlo de las aulas, ya que una persona que hace plagio en dichas instituciones, fácilmente lo puede hacer en empresas.
Los plagios más comunes se pueden ver en películas, libros, reproducciones musicales, escritos de periódicos, revistas, textos escolares y universitarios.
8. QUÉ SANCIONES IMPONE LA SOCIEDAD AL PLAGIO?
Los castigos por plagio varían según su gravedad, en primer lugar las personas que lo realizan sus sometidas a investigaciones, para determinar el motivo y los fines de su conducta, luego de la investigación, se estipula el paso a seguir, en algunos casos, la sanción puede ser la suspensión o expulsión de los establecimientos educativos o de las empresas, en otros casos la sanción se ve traducida en multas millonarias y en ocasiones cuando el plagio se realiza con fines de lucro, los involucrados van a la cárcel.
1 Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 97.
2 Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 100.
[3] Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 189.
[4] [4] Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 208.
AGENDA:
INTRODUCCION
1. ECONOMÍA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
a. Patentes
b. Protección de las obtenciones vegetales
c. Los derechos de autor
d. La observancia
e. Las medidas tecnológicas de protección
f. Los contratos privados
g. El dominio público
h. Competencia y propiedad intelectual
2. LOS TLC Y LAS POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y LOS PAISES DE AMÉRICA LATINA
3. CONSECUENCIAS DE LOS TLC PARA LA INNOVACIÓN
4. CONSECUENCIAS PARAS LAS TIC
5. CONSECUENCIAS PARA FARMACÉUTICOS
6. DESAFIOS DE POLÍTICA
7. QUÉ ES PLAGIO?
8. QUÉ SANCIONES IMPONE LA SOCIEDAD AL PLAGIO?
INTRODUCCIÓN
La propiedad intelectual en América Latina es un tema de vital importancia dentro de todos los ámbitos de la vida, ya que envuelve todos los sectores; respalda los derechos de autor y la propiedad intelectual, que cuando éstos últimos son numerosos, implican un mayor grado de desarrollo para los países.
1. ECONOMÍA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Es de suma importancia, que los conocimientos sean una parte vital para todas las personas que conforman la sociedad, los Gobiernos deben incentivar la educación y la búsqueda de información, y que la información llegue a todos los sectores para que haya un mejor nivel educativo para los ciudadanos, además los países tendrán motivos para sentirse orgullosos porque su gente no sólo está creciendo intelectualmente, sino que se está formando un tejido social que aporta desarrollo y crecimiento económico a los países.
El problema para el desarrollo de la propiedad intelectual en los países de América Latina, radica principalmente en la falta de recursos destinados a la investigación y el desarrollo de proyectos que incentiven la innovación y la creatividad de las personas, porque de qué sirve que hayan intenciones de innovar y crear sino no hay ningún tipo de apoyo o respaldo por parte del Estado.
a. PATENTES
Son creaciones provenientes de la capacidad de innovación de su autor, que poseen un alto nivel de invención y posiblemente tienen aplicación industrial. Son protegidas por un período de 20 años que cuentan desde la fecha de su solicitud.
b. PROTECCIÓN DE LAS OBTENCIONES VEGETALES
Las obtenciones vegetales y las variedades de semillas pueden ser protegidas a través de patentes, que son protegidas por un período de 20 a 25 años, por medio del Acuerdo sobre los ADPIC del año 1994, al cual, los países se han registrado.
c. LOS DERECHOS DE AUTOR
Tienen como función principal, definir quién o quiénes participaron en una creación, brindan derechos sobre los beneficios económicos resultantes de las creaciones protegidas, incentiva nuevas creaciones sobre las ya existentes y contribuyen en el incremento de ingresos, gracias a las licencias tecnológicas.
d. LA OBSERVANCIA
Tiene como fin, definir la propiedad sobre los derechos de autor, lo que permite mantener a otras personas alejadas de los derechos sobre creaciones.
Actualmente, la “piratería”, va en contra de la observancia, esto se debe a la facilidad que hay de acceder a creaciones de otras personas, sin tener su permiso y consentimiento.
e. LAS MEDIDAS TECNOLÓGICAS DE PROTECCIÓN
Consiste en proteger las obras y las creaciones por medio de claves y protecciones especiales a los dispositivos que reproducen elementos que tienen protección de derechos de autor.
f. LOS CONTRATOS PRIVADOS
Son utilizados para los bienes intangibles, tienen validez internacional aunque se rigen por el principio de territorialidad, es decir, la ley que se aplica es la del país en el cual se encuentran los intangibles.
g. EL DOMINIO PÚBLICO
Hace referencia a la necesidad de que el público y la sociedad en general tengan acceso a los conocimientos, contenidos e información con el propósito de incentivar nuevos inventos y creaciones.
h. COMPETENCIA Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Con las leyes para la propiedad intelectual y el fomento de la competencia que tienen todos los países, se quiere incentivar la innovación y el prosperidad de los consumidores.
2. LOS TLC Y LAS POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS Y LOS PAISES DE AMÉRICA LATINA
“A partir de 2002, Estados Unidos emprendió una estrategia orientada a suscribir tratados de libre comercio bilaterales que hasta septiembre de 2007 había abarcado a 20 países, incluidas dos economías de tamaño mediano —Australia y la República de Corea— y 10 de América Latina y el Caribe. En 2005 estas 20 economías representaron solo el 5,8% del PIB mundial y el 6,3% de la población del planeta.
Los motivos que llevaron a Estados Unidos a celebrar acuerdos bilaterales de comercio fueron varios, pero ciertamente influyeron las dificultades de la Ronda de Doha de negociaciones multilaterales. Otro de los factores fue la voluntad política de impulsar una nueva ola de fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual, más allá de lo dispuesto en el Acuerdo sobre los ADPIC y los tratados de la OMPI.
De los 20 tratados comerciales, 11 ya entraron en vigor. Entre los nueve que aún están pendientes, se cuentan los TLC con Costa Rica, la República Dominicana, Panamá,
Colombia y Perú.
Desde la perspectiva de los países latinoamericanos, en la lógica de negociación de los TLC se repitió el patrón de las conversaciones que precedieron al Acuerdo sobre los ADPIC. Su objetivo fue consolidar, diversificar y aumentar sus exportaciones al mercado más importante del mundo, incentivando al mismo tiempo una mayor corriente de inversión extranjera directa. A cambio de ello, estuvieron dispuestos a negociar una mayor apertura comercial, la regulación más liberal de los servicios financieros, el aumento de los DPI y la apertura de las compras públicas”[1].
a. POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS ESTADOS UNIDOS
Su posición negociadora estuvo basada en un acuerdo llevado a cabo entre demócratas, republicanos y empresarios.
Los tratados comerciales se llevaron a cabo mediante la Autoridad para la Promoción Comercial en la que se tratan específicamente asuntos pertinentes a la Propiedad Intelectual.
b. POSICIONES NEGOCIADORAS DE LOS PAÍSES DE AMÉRICA LATINA
“Los países latinoamericanos se vieron obligados a negociar la propiedad intelectual a cambio de mantener o aumentar el acceso a los mercados estadounidenses y la capacidad de atraer inversiones extranjeras. En consecuencia, abordaron los tratados de libre comercio con la misma lógica con que negociaron el Acuerdo sobre los ADPIC.
La característica común fue que en ninguno de los países de la región hubo un pacto parlamentario o un acuerdo político previo en que se definieran los objetivos deseables. La estrategia de todos los gobiernos era maximizar el acceso a los mercados y minimizar los costos de la propiedad intelectual, particularmente en materia de patentes y medicamentos”[2].
3. CONSECUENCIAS DE LOS TLC PARA LA INNOVACIÓN
En materia de propiedad intelectual, las consecuencias que el TLC puede traer para la innovación, pueden ser benéficas o perjudiciales, como por ejemplo, puede incentivar la investigación y el desarrollo de nuevas creaciones, en centros educativos. También hay políticas que protegen los derechos en cuanto a variedades vegetales, además del fortalecimiento del sector agrícola lo que llevaría a la creación de centros científicos y tecnológicos.
4. CONSECUENCIAS PARAS LAS TIC
En América Latina el acceso a las tecnologías de la información ha crecido significativamente en los últimos tiempos, es cada vez mayor el porcentaje de hogares que tienen acceso a teléfonos fijos, móviles, computadores e internet.
A pesar de esto, aún no se alcanza a los países desarrollados en materia de tecnologías de información.
Los sectores bajos de la economía tienen poco acceso a las TIC, lo que es un impedimento para el desarrollo, el crecimiento, la investigación y la innovación dentro de la región. Como consecuencia de esto, el contrabando y la “piratería” están haciendo estragos, ya que comercializan materiales ilegales, lo que perjudica directamente a los creadores de las invenciones, el software, etc.
5. CONSECUENCIAS PARA FARMACÉUTICOS
“Cuando expira una patente farmacéutica, las empresas productoras de medicamentos genéricos ingresan al mercado y venden copias del fármaco original. Dado que contienen los mismos principios activos, pasan a ser sustitutos casi perfectos del medicamento antes protegido, cuya única ventaja competitiva será el prestigio de la marca.
Este proceso se traduce en una fuerte competencia que tiende a erosionar la mayoría de los ingresos monopólicos que obtenían cuando contaban con la protección de las patentes. En efecto, inicialmente los precios de los medicamentos originales se sitúan por sobre los costos marginales, lo cual estimulará el ingreso al mercado de fabricantes de productos genéricos. Como la producción de fármacos se basa en la fabricación en serie, con instalaciones altamente flexibles que permiten producir grandes o pequeñas cantidades, las economías de escala no influyen y las empresas de genéricos pueden competir eficazmente (Caves, Whinston y Hurwitz, 1991). Aunque los fármacos genéricos ingresan rápidamente al mercado, la reducción de los precios promedio suele ser gradual y menos expedita de lo esperado. En vez de competir con los productos genéricos, los fabricantes de medicamentos originales que antes estaban protegidos por patentes desarrollan estrategias orientadas a mantener un precio “premium” basado en el prestigio de marca[3]”.
6. DESAFIOS DE POLÍTICA PÚBLICA
“Un incremento general del gasto en ciencia y tecnología aumentará la capacidad de aprendizaje, de innovación y de producción de artículos científicos, pero no necesariamente de generar patentes. Sin embargo, es importante que los países se abran camino en el uso activo de la propiedad intelectual. Para ello no solo hay que aumentar los recursos destinados a ciencia y tecnología, sino cambiar la arquitectura de las políticas públicas mediante la introducción de programas de educación e incentivos para patentar o generar otros títulos de propiedad intelectual en universidades, centros tecnológicos públicos y también empresas privadas. En el caso de los dos primeros ello no implica necesariamente privatizar el conocimiento, porque pueden utilizarse estrategias de otorgamiento de licencias a las que, según el caso, podría eximírselas del pago de derechos de autor[4]”.
7. QUÉ ES PLAGIO?
Significa hacer una o varias copias de una obra protegidas por los derechos de autor que puede ser de cualquier tipo, sin el debido permiso de su dueño o de quien tiene sus derechos y presentarla como propia y original.
Para identificar el plagio, las personas o las instituciones se deben apoyar en motores de búsqueda, que identifican si el texto es producto del plagio o es una creación original.
Actualmente, en Colombia los colegios y las universidades son más exigentes en materia de plagio, se están haciendo campañas para suprimirlo de las aulas, ya que una persona que hace plagio en dichas instituciones, fácilmente lo puede hacer en empresas.
Los plagios más comunes se pueden ver en películas, libros, reproducciones musicales, escritos de periódicos, revistas, textos escolares y universitarios.
8. QUÉ SANCIONES IMPONE LA SOCIEDAD AL PLAGIO?
Los castigos por plagio varían según su gravedad, en primer lugar las personas que lo realizan sus sometidas a investigaciones, para determinar el motivo y los fines de su conducta, luego de la investigación, se estipula el paso a seguir, en algunos casos, la sanción puede ser la suspensión o expulsión de los establecimientos educativos o de las empresas, en otros casos la sanción se ve traducida en multas millonarias y en ocasiones cuando el plagio se realiza con fines de lucro, los involucrados van a la cárcel.
1 Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 97.
2 Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 100.
[3] Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 189.
[4] [4] Díaz Á. (2008). América Latina y el Caribe: La propiedad intelectual después de los tratados de libre comercio [pdf] de la World Wide Web: http://www.eclac.org/publicaciones/xml/4/32614/LCG2330-P.pdf página 208.